¿SOS MONOTRIBUTISTA? ¿DUDAS?

Dr. (CP) Sergio Carbone: 011-6660-9889 / Dra (CP) Mariana Bermolen: 011-6015-4112



El Régimen Simplificado – MONOTRIBUTO – se incorpora a nuestro régimen fiscal con la idea de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Sin embargo, esta “simplicidad” se ha ido perdiendo con el tiempo al incorporarse diferentes obligaciones para el contribuyente monotributista. 

Adicionalmente a ello advertimos: el monotributo NO es la única obligación fiscal del contribuyente. Siendo un país federal el contribuyente deberá atender al cumplimiento de impuestos locales según su actividad: Ingresos Brutos e Impuestos Municipales. 

Para ver mas sobre el punto puede consultar el siguiente vídeo: https://www.youtube.com/watch?v=G-fuXwLlbmk&t=7s

Antes de iniciar actividades es conveniente consultar con un profesional no solamente el alta en el régimen sino también las otras obligaciones fiscales que demanda la actividad a desarrollar.

Pasemos a responder algunas de las preguntas frecuentes que nos hacen los contribuyentes:

Quiero facturar, ¿con darme el alta en el MONOTRIBUTO ya está todo listo?
No. Adicionalmente se requiere estudiar el encuadre tributario en impuestos locales, generalmente ingresos brutos. Es posible que, por la actividad a desarrollar, deba inscribirse en el régimen de Convenio Multilateral.

¿Qué pasa si no me inscribo en  Ingresos Brutos?
Tarde o temprano la omisión se detectará y sufrirá retenciones en su cuenta bancaria ante cada acreditación. Luego, si no se inscribe, para regularizar, deberá hacerlo por todos los períodos no prescriptos. El trabajo será costoso

¿Si me inscribo en Ingresos Brutos debe presentar todos los meses una declaración jurada?
Hay regímenes simplificados que permiten abonar “una cuota mensual” y con eso cumple su obligación fiscal. Sin embargo, si requiere darse de alta bajo el régimen de Convenio Multilateral deberá presentar todos los meses una declaración fiscal. Si no la presenta sufrirá retenciones en su cuenta bancaria.

¿Cuánto es lo máximo que puedo facturar con mi monotributo?
Los máximos se determinan en función de su actividad según si se dedica a vender bienes o prestar servicios. Compartimos la tabla actualizada a Noviembre 2018.



¿Una vez que me doy de alta el monotributo tengo que hacer algo mas?
Si, se debe registrar el domicilio fiscal electrónico, dar de alta los puntos de venta, configurar el sistema de facturación electrónica, entre otras cuestiones. Es recomendable sea realizado por un profesional.


Dr. (CP) Sergio Carbone: 011-6660-9889 / Dra (CP) Mariana Bermolen: 011-6015-4112


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