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Mostrando entradas de enero, 2019

EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA – IMPUESTO A LAS GANANCIAS F572 WEB – OBLIGATORIO

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Dra. (CP) Mariana Bermolen: 011-6015-4112 / Dr. (CP) Sergio Carbone: 011-6660-9889 / contadoresypymes@gmail.com Continuando con el lineamiento que nos propusimos en nuestro último artículo donde tratamos parte de las obligaciones que deben considerar aquellas personas empleadas en relación de dependencia (ver link ), en esta oportunidad desarrollaremos otra de ellas: la presentación del formulario 572 web. OBLIGATORIEDAD – F572 WEB La RG 4003-E emitida por AFIP, en su Título II, art 11 establece dentro de las obligaciones de los beneficiarios de las rentas obtenidas del trabajo bajo relación de dependencia, el suministro de información mediante transferencia electrónica de datos. Para ello, se utiliza un servicio web disponible mediante acceso con CUIT y clave fiscal del contribuyente denominado SIRADIG – TRABAJADOR (Sistema de Registro y Autorización de Deducciones de Impuesto a las Ganancias – Trabajador). Los datos que el trabajador informa

EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA – IMPUESTO A LAS GANANCIAS y BIENES PERSONALES OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA 2018

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Dra. (CP) Mariana Bermolen: 011-6015-4112 / Dr. (CP) Sergio Carbone: 011-6660-9889 / contadoresypymes@gmail.com En el día a día de nuestra profesión y en el marco de las diferentes consultas profesionales que pasan por nuestros escritorios, se han acercado al estudio trabajadores ocupados en relación de dependencia exponiendo inquietudes respecto a las retenciones en el impuesto a las ganancias que practica su empleador. Es en este intercambio que advertimos un error muy común del empleado consistente en pensar que, como han sufrido retenciones de impuesto a las ganancias a lo largo del año, se dan por cumplidas sus obligaciones tributarias en dicho tributo mediante ese “pago” que retiene su empleador con destino a las arcas del Fisco Nacional. Es por ello que nos hemos propuesto escribir una serie de artículos para aquellos contribuyentes que, hemos constatado, no han advertido deben cumplir otras obligaciones, entre ellas, presentación jurada anual de IMPUESTO A

MONOTRIBUTO - NUEVOS VALORES - RECATEGORIZACIÓN

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Dra. (CP) Mariana Bermolen: 011-6015-4112 / Dr. (CP) Sergio Carbone: 011-6660-9889 / contadoresypymes@gmail.com Estamos inaugurando el nuevo año y muchas novedades nos dejó el año 2018 en sus últimos días. Entre ellas, los valores vigentes a partir del 01/01/2019 en cuanto a categorías de MONOTRIBUTO. Fuente: https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp#ver El Decreto 1/10 reglamentario de la Ley de Monotributo establece que esta actualización es publicada por AFIP en Enero de cada año, basada en la suma acumulada de los cuatro índices de movilidad de las prestaciones previsionales, previstas en el artículo 32 de la Ley 24.241 y modificatorias, correspondientes al año calendario completo (en este caso 2018). Estos índices son publicados por ANSES en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. RECATEGORIZACIÓN Les recordamos que el 21/01/2019 opera el vencimiento de la recategorización del monotributo. Esta declaración informativa y dete