MONOTRIBUTO – NO TE OLVIDES - SE HABILITA EL DÉBITO AUTOMÁTICO COMO OPCIÓN DE PAGO - VENTAJAS
Dra.
(CP) Mariana Bermolen: 011-6015-4112 / Dr. (CP) Sergio Carbone:
011-6660-9889 /
Desde
Noviembre de este año, el pago electrónico del Monotributo alcanzó
a todas las categorías como única opción para la cancelación del
impuesto. Si bien el sistema habilita la excepción a la regla
mediante pago presencial, sólo pueden solicitar el pago por
ventanilla aquellos pequeños contribuyentes inscriptos en el
Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social
del Ministerio de Desarrollo Social; los asociados a cooperativas de
trabajo y los adheridos al Régimen de Inclusión Social y Promoción
del Trabajo Independiente.
El
pago electrónico, ya generalizado, implica entonces abonar la cuota
desde cajeros automáticos y banca electrónica vía internet o
telefónica, pero son casos que requieren de una gestión mensual por
parte del contribuyente. Desde la semana pasada, mediante RG
4357/2018, AFIP habilita el débito automático como medio de pago, a
través de la web del Fisco con clave fiscal, sin necesidad de
gestionarlo en el banco y sólo registrando la CBU en el portal
habilitado.
Ventajas
del pago por débito automático
La
principal ventaja del débito automático es asegurarse el pago
evitando el olvido, y las
consecuencias que devienen de la omisión del mismo, las cuales ya
desarrollamos en nuestro artículo "Monotributo – Consecuencias ante la falta de pago – Caso particular: BAJA DE OFICIO".
Otra
de las ventajas del pago en término, es la posibilidad de solicitar
el “REINTEGRO POR CUMPLIMIENTO”: el contribuyente tiene derecho
al reintegro de una cuota del Monotributo tras 12 meses de haber
cumplido con el pago de la obligación en tiempo y forma mediante
débito automático.
Comentarios:
Según
lo manifestado por funcionarios de AFIP, el objetivo de la nueva
opción es facilitar e incentivar el cumplimiento de las obligaciones
fiscales a los contribuyentes. Nosotros celebramos esta posibilidad,
que también los acerca a las ventajas antes
mencionadas: se previene caer en las consecuencias de la falta de
pago o pago fuera de término y se abre la posibilidad de ahorro de
una cuota mediante el instrumento del Reintegro.
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haber aportado a nuestros lectores y los invitamos a suscribirse,
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.
Dra.
Mariana Bermolen
Contadora
Pública (UBA)

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